29/07/2019
Tras el aluvión de consultas vamos a intentar arrojar un poco de luz sobre el tema.
¿QUÉ ES EL SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL?
El Segundo Dividendo Digital es el proceso que desplazará los canales de televisión y radio ubicados entre los 694 y los 790 MHz (banda de 700 MHz) hacia frecuencias más bajas para permitir el despliegue, en ese margen de frecuencias, de las redes 5G de comunicaciones inalámbricas. Esto va a implicar modificar las instalaciones de recepción de TV, para lo cual los gobiernos van a conceder subvenciones siempre que los trabajos sean realizados por instaladores autorizados ICT Tipo A o Tipo F.
El 5G, igual que ya lo ha hecho el 4G (LTE) en los últimos años, permitirá que la sociedad y la economía digital continúen evolucionando y desarrollándose gracias al acceso a una red de datos de calidad superior.
QUÉ SUBVENCIONES SE OTORGAN?
De acuerdo al Artículo 10. Cuantía de la subvención.
Los costes unitarios, incluyendo impuestos indirectos, que se establecen como cuantía máxima de la subvención en función de la infraestructura previamente instalada de recepción de televisión afectada por el proceso de liberación del segundo dividendo digital, son los siguientes:
Infraestructura de recepción de televisión que no requiere de la instalación de equipamiento adicional, independientemente del número de múltiples digitales: 104,30 €... que requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €... para dos múltiples digitales: 260,75 €... para tres múltiples digitales: 365,05 €... para cuatro múltiples digitales: 469,35 €... para cinco múltiples digitales: 573,65 €... para seis múltiples digitales: 677,95 €.
En el caso de Mallorca la adaptación es para dos múltiples digitales.
¿BAJO QUÉ CONDICIONES SE OTORGAN LAS SUBVENCIONES?
Neutralidad tecnológica: La subvención no promueve una tecnología. Los beneficiarios pueden optar por ADSL, cable, satélite, TDT, etc. para la recepción o acceso a los servicios.
Instaladores autorizados: Es requisito indispensable que las instalaciones sean actualizadas por instaladores ICT-2 Tipo A o Tipo F para obtener acceso a las subvenciones.
Tipos de instalaciones que optan a la subvención: Quedan excluidas las instalaciones que tienen amplificadores de banda ancha, que no precisan ningún ajuste más allá de resintonizar los receptores de televisión.
Plazo para la solicitud: Las instalaciones deben ser adaptadas entre el 1 de junio de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.