12/08/2026
538,591 𝗥𝗙𝗖𝘀 𝗲𝘀𝘁á𝗻 𝗵𝗼𝘆 𝗲𝗻 𝗹𝗮𝘀 𝗹𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗻𝗲𝗴𝗿𝗮𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗦𝗔𝗧.
El 07 de Agosto el SAT publico los ultimos Oficios del listado 49 BIS y así se reparten:
𝗔𝗿𝘁. 69 (contribuyentes con situaciones fiscales firmes): 530,768
𝗔𝗿𝘁. 69-𝗕 (EFOS, operaciones simuladas): 12,892
𝗔𝗿𝘁. 69-𝗕 Bis (pérdidas fiscales transmitidas indebidamente): 3
𝗔𝗿𝘁. 49 𝗕𝗶𝘀 (CFDI declarados falsos): 8
El último es el que menos se comenta — y el que menos margen deja.
El Artículo 49 Bis, vigente desde enero de 2026, permite al SAT declarar falsos los CFDI de un proveedor que no acredita que sus operaciones fueron reales. Y tiene tres características que lo hacen especialmente riesgoso:
No hay etapa de "presuntos". Cuando el RFC aparece publicado, ya es definitivo.
Si recibiste facturas de ese proveedor, 𝘁𝗶𝗲𝗻𝗲𝘀 30 𝗱í𝗮𝘀 𝗻𝗮𝘁𝘂𝗿𝗮𝗹𝗲𝘀 para corregir. Si no, el SAT te restringe tu propio sello digital.
No está en la página de Datos Abiertos del SAT. Solo se publica en el Diario Oficial, como documentos individuales.
Ese tercer punto es el más complicado: no hay un archivo que puedas descargar y cruzar contra tus proveedores.
Y ese es el fondo del asunto. Cuatro listas, con reglas distintas, que cambian cada mes. Validarlas a mano no escala — y en este proceso, acertar el 99% de las veces no basta: la factura que se te escapa es la que te cuesta la deducción.
El problema no es detectar la factura falsa durante la auditoría. Es que nunca haya entrado a tu contabilidad.
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